El TS considera que negar la filiación de niños de maternidad subrogada no vulnera sus derecho.
La Sala de lo Civil del Tribunal
Supremo ha dictado un auto por el que establece que negar que
unos niños nacidos por maternidad subrogada en el extranjero,
conocida como vientre de alquiler, sean
inscritos en España como
hijos de quienes promovieron su nacimiento, no
vulnera sus derechos y rechaza así el recurso de
una pareja valenciana contra una sentencia de este Tribunal que negó
deshacer lo establecido por la Audiencia Provincial de Valencia.
La Audiencia de Valencia se
opuso a inscribir a los niños en el Registro como
si fueran hijos biológicos de los dos hombres que promovieron, con
un contrato de maternidad subrogada, su nacimiento en California.
A juicio del Supremo, no
se produce una desproteccion de los menores,
puesto que pueden figurar como hijos biológicos del padre que lo
fuera realmente, y adoptivos
del que es su pareja,
protegiendo así en todo momento su núcleo familiar, conforme expone
el auto del que ha sido ponente Francisco Marín Castán.
Para más infomación entrar en el enlace de la noticia:
La ‘Guía clínica sobre el ciberacoso para profesionales de la salud’ refleja que en España el 40 por ciento de los niños de entre 9 y 13 años cuenta con perfiles en las redes sociales, pese a que estas comunidades establecen límites de edad para su uso, y destaca que la tasa de ‘ciberbullying’ pasivo (ser acosado, insultado o amenazado) es del 5,9 por ciento entre los niños y adolescentes españoles.
http://www.teinteresa.es/espana/CIENTO-ESPANOLES-PERFILES-REDES-SOCIALES_0_1300670717.html